LOS JUBILADOS DE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL, NO PIDEN CARIDAD AL RECTOR NI A FUNCIONARIOS INEPTOS QUE APLICAN EL DERECHO A SU ANTOJO
“PACO MORÁN Y LOS SUPERGENIOS DEL DEPARTAMENTO LEGAL, PROCURADURÍA Y TALENTO HUMANO, ESTÁN MÁS PERDIDOS QUE FITO”: DRA. DORA ÁVALOS MACÍAS
Para conocer más, de qué es lo que sucede con los exservidores docentes y administrativos de la Universidad de Guayaquil, nos encontramos con la Dra. DORA ÁVALOS MACÍAS, quién con la Ley en la mano, nos hizo un análisis de lo acontecido por quienes están al frente de la institución más grande del país, en lo que se refiere a educación superior y sus funcionarios del departamento Legal, Procuraduría y Talento Humano, que no cumplen con las disposiciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo ni de la Corte Constitucional, diciendo que Paco Morán y los “supergenios” del departamento Legal, Procuraduría y Talento Humano, están más perdidos que Fito”.
Aquí su explicación:
Las autoridades de UG en su afán de desviar y violar el derecho de los jubilados, lo retarda injustificadamente, enviando documentación que el Tribunal Ejecutor no ha solicitado, tal es así que constantemente ellos le dan los parámetros para los listados de jubilados que deben estar censados y que indistintamente sean docentes o administrativos deben ser considerados.
Para evadir este mandato constitucional teniéndose en cuenta que son personas del grupo vulnerable y con doble vulnerabilidad como es el caso de adultos mayores y algunos con discapacidad, ya sea física o con enfermedades catastróficas, protegidos por la constitución de la república del Ecuador, el rector de UG, asesorado quien sabe por qué grupo de estudiantes de derecho de los primeros semestres, hoy en día aduce sentirse intimidado y que su “vida” corre riesgo, como se ha podido evidenciar en una propuesta de los jubilados en una fiscalía, donde se denuncia el incumplimiento de este despreciable sujeto.
El incumplimiento nace de la secuencia de solicitudes y requerimientos judiciales, para poder darle derechos a los jubilados y que pese a que el ejecutado conoce bien que es lo solicitado evade enviando al ejecutor, listados que no proceden, arrogándose funciones de juez y parte de quien sí y quien no es acreedor de este derecho, dejando en evidencia que es un títere de sus leguleyos y esbirros que ávidos de seguir en el poder, le hacen cometer el mayor de los crímenes, no resolviendo el asunto de la complementaria a quienes ya no tienen tiempo para esperar y que mueren en la espera del rubro para cubrir sus medicinas de sus múltiples enfermedades.
SIGUE CUMPLIENDO ÓRDENES DE PASSAILAIGUE
El rector de Universidad de Guayaquil, al parecer, cree que tiene la juventud eterna, pues no cumple su ofrecimiento de campaña, que fue revisar lo que su antecesor Passailaigue no quiso pagar, junto con su talentosa dueña del departamento de tormento inhumano, aquella fulana que los trató de viejos de mierda, como que ella era una quinceañera.
Más allá de no cumplir, tuvo la osadía de mantener a esta inescrupulosa y corrupta mujer, quien se encargó de perjudicar a múltiples jubilados, refiriendo que no tenían derechos por que en algunos casos eran administrativos, esta maquiavélica emitió oficios sin el más mínimo análisis jurídico, perjudicando a algunos, incluso este error sigue siendo pasado por alto por su predecesor Tomasito, quien ni siquiera lee lo que dejó su ama y patrona, sigue pasando por alto el auto de verificación de sentencia del 10 de noviembre del 2021, en donde ya se incluyen a los jubilados administrativos a quienes los han relegado al igual que algunos docentes a quienes tampoco quiere reconocer aduciendo un sinnúmero de cobardías como es su costumbre.
LA CAUSA
Dentro de la causa que nos atañe 09801-2014-0108 que está en conocimiento del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo N° 2 de esta ciudad de Guayaquil, ha sido muy contundente en diferentes notificaciones que se refieran a aquello del auto de verificación del 10 de noviembre del 2021, tan difícil de entender este auto para las autoridades máximas de UG, esto es lo que pide el tribunal reiteradamente: notificación de 23 de abril del 2024 en su acápite “TERCERO: Debido a que el censo practicado por la Universidad de Guayaquil no cumple con los parámetros establecidos por la Corte Constitucional y que han sido detallados en el acápite que antecede, a fin de que el perito y este tribunal cuenten con los medios necesarios para continuar con la cuantificación objeto de la presente causa, se dispone que la entidad obligada, en el término de 15 días, remita el censo practicado cumpliendo los referidos lineamientos, debiendo especificar también: a) Fecha de ingreso y salida de cada jubilado. b) Años de servicios prestados para la Universidad de Guayaquil. c) Remuneración percibida al acogerse a la jubilación del IESS. d) Promedio de las tres últimas remuneraciones a la fecha en la que se acogieron a la jubilación del IESS. Además, tal como se indicó en auto de 26 de febrero de 2024, la entidad obligada deberá abstenerse de incluir en el informe del censo a aquellos jubilados que no cumplen con los parámetros, pues se entiende que estas personas no tienen valores por liquidar.” (SIC)
INCUMPLE CON LEGULEYADAS MAQUIAVÉLICAS
Esto lo pregona el tribunal, por cuanto Paquito, envía lo que sus acólitos sin el más mínimo estudio le dicen, es decir emite listados diciendo quien sí y quien no tiene derechos, pero sin el respectivo soporte, solo dice este no porque debe o este no porque es administrativo. El referido auto no dice hágase distingos. Es aquí donde inicia el retardo injustificado, Paquito incumple lo que los jueces le ordenan, para así hacer perder el tiempo, leguleyada maquiavélica.
Que dice el referido auto del 10 de noviembre del 2021, es el último que llegó de la Corte Constitucional, órgano máximo productor de derecho y que no está por debajo de las opiniones del señor Rector de UG y sus administrativos quienes deben cumplirlo a rajatabla, porque la omisión de servidor público o el no cumplimiento de la norma trae sus consecuencias como pasaremos a explicar:
AUTO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO NO. 15-12-IS/21 CAUSA: 15-12-IS Y ACUMULADOS:
Página 2 numeral 5 “5. El 18 de noviembre de 2015, la Corte Constitucional determinó que los requisitos para ser personas beneficiarias del efecto intercomunis son: “1) Haber laborado por 25 años o más en la Universidad de Guayaquil, y, 2) Haberse acogido a la jubilación patronal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.” (SIC)
En este numeral no se hace distingos de servidores docentes y administrativos solo es requisito para acceder a intercomunis.
Página 3 numeral 8 “8. El 18 de octubre de 2019, la Corte estableció que el efecto intercomunis debe entenderse sin distinción de ex docentes y trabajadores administrativos y dispuso la acumulación en fase de seguimiento de las causas No. 4-12-IS y 28-12-IS.” (SIC)
Esta es más contundente dice sin distinción, es decir que sea jubilado bajo los parámetros que preceptúa el acápite anterior, ¿Qué parte no entendió Paquito y sus supergenios de la mesa redonda?. Repasemos, se entiende por intercomunis a todos los trabajadores administrativos y docentes sin distinción, se le debe recomendar a Paquito que deje de escuchar a su pana Albán y acólitos que lo están haciendo meter las 4 patas. O será que es cierto, esto que le regalaron sus primeros títulos de docente, gracias a su papito, el eterno decano de la Facultad que hoy maneja Pepito.
Página 12, numeral 45, En conclusión, esta Corte establece que: “d) Las personas jubiladas de la UG que cumplieron requisitos y que aún no lo han hecho, deben comparecer a la UG para solicitar la restitución o pago del derecho. Ante la negativa a recibir el pago por pensión complementaria las personas jubiladas deberán activar los mecanismos jurisdiccionales pertinentes.” (SIC)
EL REQUISITO PARA EL PAGO ES HABER LABORADO 25 AÑOS O MÁS, HAY ANCIANOS QUE LABORARON MÁS DE 40 AÑOS
Este párrafo es más contundente, narra que las personas jubiladas que cumplieron requisitos, si repasamos son estos: 1) Haber laborado por 25 años o más en la Universidad de Guayaquil, y, 2) Haberse acogido a la jubilación patronal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. También les da la facultad de demandar por sus reincidentes negativas a dialogar para finiquitar esta problemática que no se resuelve alargando como le hacen ver sus panas.
Página 12 y 13 b) Alcance del efecto inter comunis textualmente refiere “46. Ahora, sobre el alcance del efecto intercomunis, conforme fue expuesto en los antecedentes el 18 de noviembre de 2015, la Corte Constitucional determinó en aplicación del RJCUG las condiciones para ser personas beneficiarias del efecto intercomunis de la sentencia: “1) Haber laborado por 25 años o más en la Universidad de Guayaquil, y, 2) Haberse acogido a la jubilación patronal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social” (SIC)
PAQUITO TIENE QUE BUSCAR PROFESIONALES DEL DERECHO Y NO TINTERILLOS
Señor rector búsquese profesionales expertos en derecho administrativo o al menos que le asesoren bien en cuanto al alcance de sentencias o en este caso auto de verificación, no es cualquier persona que le está obligando, es la Corte Constitucional, órgano máximo en emitir sentencias y alcances jurisprudenciales, sus asesores siguen haciéndolo quedar mal, y de seguir así lo llevaran directo a rendir cuentas, ni Pepito ni Tomasito ni su ex Talentosa lo acompañarán.
Página 19 y 20 “67. Para que el proceso de determinación económica pueda ser factible, es necesario contar con el universo de personas jubiladas previo a la realización de un nuevo peritaje. Por esta razón la Corte Constitucional, en virtud del artículo 226 de la Constitución, fija los siguientes parámetros para la determinación individual de las personas beneficiarias por parte de los sujetos obligados: a) EL TDCA-G deberá remitir a la UG en el término de 15 días, contados desde la notificación del presente auto, un listado de todas las personas jubiladas que han comparecido dentro del proceso de reparación económica a quienes se les ha reconocido el derecho. b) La UG deberá realizar inmediatamente una amplia convocatoria para calificar a las personas jubiladas que cumplieron requisitos, que no reciben la pensión por jubilación complementaria y que resultarían ser beneficiarias de las sentencias objeto de la presente verificación.
Las personas jubiladas deben presentar ante la UG el Acuerdo de Jubilación del IESS y este proceso de acreditación no podrá exceder de 90 días plazo contados desde la notificación del presente auto. d) La UG y el IESS realizarán un censo para determinar el universo de personas jubiladas beneficiarias de las sentencias en un plazo de 120 días contados desde la finalización del plazo establecido para la acreditación establecido en el literal b) supra. El censo deberá lograr datos numéricos e identificación individual de las personas jubiladas que: 1. Cumplen con los supuestos para ser personas beneficiarias de las sentencias en conformidad con lo resuelto dentro del presente auto. 2. Reciben de manera mensual el pago de la jubilación complementaria, de ser el caso. 3. Hayan recibido o estén pendientes pagos por las pensiones dejadas de recibir, de ser el caso” (SIC)
AGREGAN Y SACAN DE LA LISTA
No dice por ningún lado este no es docente, este debe a la UG, o simplemente al de acá no le voy a agregar porque no quiero, es la Corte Constitucional quien le obliga a cumplir, no se la puede pasar por la faja como lo hacen internamente mal asesorado por tinterillos.
Es por esto que se le coloca el incumplimiento, que, si se revisa, dicho auto de verificación la misma Corte Constitucional expone que sus incumplimientos rebasan los plazos o términos otorgados, que su representada no cumple y lo que es visible retrasa al enviar documentos que no se ha solicitado, viola el derecho de adultos mayores al responderles con negativas sin fundamento o basados en lo que ha contestado su ex talentosa, quien dejo perjudicados a muchos jubilados.
RECTOR RIDÍCULO E INFANTIL
No señor rector, no es usted la víctima en este proceder, no sea ridículo e infantil, no es su vida que corre peligro, lo que usted alega es tanto como decir que se quiere cortar las venas con una hoja de papel mojada, no atribuya supuestos a nuestros jubilados quienes le están diciendo las verdades en su cara, y que fue de esa manera porque usted no les da audiencia para definir extrajudicialmente, esto es fácil, el dialogo hace que las personas se entiendan y limen asperezas, algo que sus acólitos y mal llamados asesores no entienden, y le están llevando a una contienda que lo dejara muy mal parado, las familias de jubilados que han perecido bien pueden ejercer acciones legales en su contra por el retardo, incumplimiento de su representada y de quienes están a la cabeza de ella. Usted con su retardo e incumplimiento sigue asesinando a los jubilados que perecen por falta de sus medicinas.
LOS JUBILADOS NO ESTÁN PIDIENDO CARIDAD
No le están pidiendo caridad, exigen un derecho por sus años de trabajo, no es de su bolsillo que debe pagar estos rubros, así como usted amamanta a la familia y conocidos de sus asesores y panas del alma, haga presupuesto para pagar a quienes por año vienen solicitando su pago por sus décadas de trabajo, no como usted y sus panas que vivieron cómodos en el tiempo de Paco decano.
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