¿QUÉ SIGNIFICA UN CRIMEN DE ESTADO? EDITORIAL DE ANTONIO MOLINA CASTRO
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La agresión (verbal y física) y su asesinato por estrangulación de la joven abogada María Bernal a manos de su cónyuge el teniente Germán Cáceres, en el interior de la Escuela de la Policía en Pusuquí, a las afuera del norte de Quito, desató un remesón a la institucionalidad del país y desnudó verdades sobre la inseguridad en que viven y desarrollan sus actividades los asociados del Estado ecuatoriano.
La prensa formal e informal y la misma colectividad nadan en aguas turbulentas y cada quien se carga de versiones y de Contraverdad y nos alimentan egos y odios y nos alejan más del análisis sensato y responsable de los hechos.
Desde la madre de víctima, las organizaciones feministas y los legisladores hablan que el femicidio de María Belén Bernal “es un crimen de Estado” por haber sido perpetrado en la escuela de formación de oficiales de la Policía Nacional, sin saber elementalmente qué mismo es un “crimen de Estado”-
Generalmente se consideran crímenes de Estado los actos sistemáticos que se realizan de acuerdo a un plan o política preconcebida, lo que permite la realización repetida de dichos actos inhumanos, aprobados por quien dirige el Estado o sea quien gobierna el país. Usualmente se acepta que son cometidos por las autoridades de un Estado o, por particulares, que actúan con el respaldo de dichas autoridades, con su tolerancia y complicidad. Asimilando esta breve explicación podremos entender el crimen de María Belén, a manos su marido Germán Cáceres que está siendo desnudado cada día más para entender su sicopatía.
En el tráfago de versiones –todos creen tener la verdad—sobre los hechos no faltó alguien que aseguró que el caso de María Belén podría tratarse de un crimen de “lesa humanidad” como el que perpetro Hitler con los judíos ejecutados por el “delito” de odio en los campos de concentración alemanes,
El asesinato considerado de lesa humanidad el exterminio, incorpora la esclavitud, la deportación y otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población civil, o las persecuciones por motivos políticos, raciales o religiosos, cuando tales actos sean cometidos o tales persecuciones sean llevadas a cabo al perpetrar un delito contra la paz.
Hace pocos años hubo un solo caso aquí en Ecuador, el del ex legislador Galo Lara, quien fue extraditado desde Panamá, traido al país como chivo para despostar, encerrarlo en una prisión donde pasó 8 años cumpliendo una pena por un delito forjado hasta que Justicia se impuso a la infamia ordenando su libertad. (AMC)
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